
En una etapa en la que debería ser mucho más fácil y barato el envío de diversos productos, ya que el Perú ha suscrito varios TLC con las consiguientes rebajas de aranceles así como variadas facilidades para el ingreso de productos extranjeros, mandar postales al extranjero resulta un lujo para los peruanos.
Según publica el diario La Primera, los envíos postales para uso personal y exclusivo del destinatario son considerados como “comerciales” por el servicio postal de Aduanas. Según lo estipulado en el Reglamento DS 067-2006-EF no están sujetos al pago de los tributos los paquetes de tipo familiar.
De igual forma se considera bienes “para uso personal y exclusivo”, la correspondencia, los diarios y publicaciones, otros impresos, los libros (hasta por un valor de 2 mil dólares) y los bienes distintos a los indicados “que su valor en conjunto no exceda de cien dólares, hasta un monto de un mil dólares norteamericanos por destinatario”. Esto significa que los materiales que no son libros e impresos y que se presumen de uso personal y exclusivo del destinatario no serán sancionado con la tasa de impuestos si su valor no excede los 100 dólares o no llega a los 1000 por destinatario al año.
El inspector Dante Aliaga, que atiende el servicio postal de Aduana, dijo al diario La Primera que, para él, tres prendas de vestir que obviamente no son para venta, remitida por un familiar de la persona que recoge el paquete, que excede en su precio los 30 dólares minimos, pero que esta en el rango de hasta mil dólares, es un envío “comercial”.
Haciendo un cálculo basado en la información de la nota de ingreso de un jean, una polera y una chompa enviadas desde Suiza a un costo de 130 dólares por las tres prendas, más el flete de 77 dólares, le corresponde un impuesto textil de 40%, o sea 82 dólares a ser pagados por el que recoge el paquete.
Este envío puede llegar a costar 292.40 dólares, esto quiere decir 125% más, por obra del Reglamento de los Destinos Aduaneros Especiales del Servicio Postal y del Servicio de Mensajería Internacional, y de la interpretación irreflexiva de los agentes encargados de las tasaciones.
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